VENTAJAS EN LOS IMPUESTOS
Históricamente, uno de los principales factores
responsables por las 35,000 compañías
y operaciones de impuestos establecidas en este santuario
que es Panamá para los comerciantes extranjeros
es la relativa libertad de impuestos. Panamá no
grava ningún ingreso producido de fuentes fuera
del país, incluyendo las ganancias de ventas
hechas fuera de Panamá. Este método territorial
de imponer impuestos fue solamente una de las muchas
ventajas de incorporaciones en Panamá. El ingreso
ganado dentro de Panamá, incluyendo las ganancias
de ventas hechas dentro del país, están
sujetas a impuesto panameño.
El impuesto corporativo empieza normalmente en 30% sobre la ganancia hasta
US$100,000 (100,000 balboas) y llega hasta el 42% sobre la ganancia después
de US$500,000 (500,000 balboas). Los dividendos y ganancias de las sucursales
de las corporaciones extranjeras están sujetos al 10% de impuesto de
retención. El interés pagado o acreditado a la cuenta de un prestador
extranjero está sujeto al 6% de impuesto de retención. Interés
sobre bonos, pagarés y otros valores registrados paga un impuesto único
de retención del 5% a menos que comerciado en la bolsa registrada de
Panamá. Los derechos pagados a películas extranjeras o compañías
o distribuidoras de producciones de televisión también están
sujetos al 6% de impuesto de retención. Las compañías
también tienen que retener el 10.75% de impuesto de seguro social sobre
los salarios de sus empleados.
Las tasas de impuestos empiezan en US$3,000 (3,000
balboas), un ingreso individual paga impuesto del 52%
entre US$3,000 (3,000 balboas) y US$3,250 (3,250 balboas)
o un impuesto de US$130.00 (130 balboas), entonces
decrece al 4% entre US$3,250 y US$4,000 (4,000 balboas),
incrementándose al 33% entre los US$50,000 (50,000
balboas) y US$200,000 (200,000 balboas) y luego decrece
otra vez al 30% sobre los US$200,000 (200,000 balboas),
suma que paga US$59,905 (59,905 balboas). Los primeros
3,000 balboas de ingreso no son imputables de impuestos.
Los empleados deben también pagar el 7.25% de
impuesto de seguro social sobre sus salarios y salarios
retenidos por el empleador.
Las compañías extranjeras, que no compran
o venden bienes en Panamá o la Zona Libre de
Colón, están exentas del 10% de impuesto
de retención sobre el dividendo. Las compañías
Matrices que dan servicio a las compañías
y oficinas fuera de Panamá están exentas
de impuesto sobre la renta pero pagan el 1% de impuesto
de negocio recaudado sobre el capital declarado, con
el máximo US$20,000 (20 balboas). El ingreso
derivado de transferencia de acciones en compañías
establecidas bajo la ley de Panamá exclusivamente
comprometidas en actividades afuera es libre de impuesto
porque es considerado como un ingreso de origen extranjero.
CONCESIONES DE NEGOCIOS PEQUEÑOS
Bajo la Ley 31 de 1991, reglas especiales fueron adoptadas
para las pequeñas empresas o micronegocios con
ganancias de menos de US$200,000 en ingreso bruto anualmente.
Los primeros US$100,000 de ingreso están sujetos
al mismo porciento de impuesto que paga un individuo
y los próximos US$100,000 de ingreso ganado
por el micro-negocio están sujetos al mismo
porciento de impuesto que paga una corporación.
El micro negocio es exento del impuesto de retención
de ganancias y del impuesto de retención sobre
las distribuciones de dividendo.
Adicionalmente a la situación favorable de impuesto, alguna de las otras
razones, por la que la ley corporativa de Panamá es considerada ideal,
son que no hay mínimo de requerimiento de capital ni hay tiempo límite
para la emisión de acciones. Además, no hay requerimiento para
registrar devoluciones de impuestos o estados financieros anuales y no es necesario
mantener un registro de acciones. El capital puede ser en dólares de
EE.UU. o cualquier otra moneda de curso legal y los extranjeros pueden ser
directores y/o accionistas.
REDUCCION EN OPERACIONES EXTERIORES
Para calificar para reducción de impuesto,
la ley dice que los contribuyentes deben declarar el
ingreso y pagar el impuesto en un país extranjero
que no permita un crédito del total o parte
de los impuestos pagados en Panamá. Sin embargo,
las compañías operando la Zona Libre
de Colón tienen una opción de pagar sus
impuestos a Panamá o al país donde esté la
oficina principal de la entidad corporativa panameña.
Aunque las ganancias de operación exterior ganadas
sobre los embarques de exportación desde la
Zona Libre de Colón no están sujetos
a impuesto. Las tasas reducidas sobre ingreso derivado
en la Zona Libre de Colón de operaciones de
manufactura por los contribuyentes que su año
financiero empezó en o después del 1
mayo de 1975 están sujetas al 2.5% hasta US$15,000
(15,000 balboas), 4% entre US$30,000 y US$100,000 (30,000
y 100,000 balbaos) y 8.5% sobre US$100,000 (100,000
balboas). Las compañías de la Zona Libre
de Colón están exentas de impuesto de
retención sobre las ganancias de distribuciones
de exportación. Los ingresos re-invertidos pueden
ser sujetos a impuestos. A los individuos se les permite
descontar de sus impuestos sobre las ganancias pagaderas
a las operaciones exteriores en la Zona Libre de Colón
0.5% neto sujeto a impuestos si hay de 30 a 100 empleados
nacionales empleados permanentemente. 1% del ingreso
neto sujeto a impuesto si hay desde 101 hasta 200 empleados
nacionales como permanentes, y 1.5% del ingreso neto
sujeto a impuesto si hay 200 o más empleados
nacionales como permanentes. Empezando desde el 1 de
enero de 1976 los individuos que derivan el 80% de
sus ingresos de operaciones exteriores durante los
primeros cinco años de operaciones pueden calificar
para una rebaja del 95% sobre impuestos pagaderos provisto
que un mínimo de 30 empleados nacionales sean
permanentes.
El descuento es reducido por 5% durante los tres
años siguientes al 20% permitido en los primeros
cuatro años. Los pagos de salarios no deben
exceder el 15% de los salarios de contratos colectivos
y el aumento en número de trabajadores no debe
producir una expansión de más del 10%
en haberes fijos.
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